Iporba responde a las acusaciones de indefensión que ha realizado Alfonso Rojano.
En el día de ayer Alfonso Rojano comentaba a la compañera del Diario Córdoba, Mariluz Ariza, que ” seguía siendo militante de Iporba y no estaba expulsado definitivamente del mismo”.
Ante estas manifestaciones, la dirección IPORBA ha dado a conocer la resolución del expediente sancionador contra Alfonso Delgado Rojano.
En base aprobación por unanimidad del comité ejecutivo y de la asamblea reunido a tal efecto con carácter extraordinario y de urgencia el pasado día 15/11/20 y el 19/11/20 en base a lo instruido en dicho expediente sancionador, ratificamos los siguientes puntos:
- El comité ejecutivo y la asamblea fueron convocados de acuerdo con estatutos modificados por votación de la asamblea de mayo/junio de 2019, dado que el expedientado ha secuestrado la documentación. En la que se aprobó que cuando un asunto fuese de carácter extraordinario y urgente el plazo de convocatoria podría ser entre 24 y 48 horas o algún día más.
- El comité ejecutivo se reunió legalmente constituido, el dia 19 de noviembre de 2020, así como la asamblea de Iporba. Como consta en las actas ratificadas y firmadas por los asistentes.
- El expedientado fue notificado a través del grupo de notificación de la red social wattshapp del que era y es administrador, el secretario general expedientado Alfonso Rojano Delgado habiendo dado de baja al comité directivo y otros afiliados, entre ellos al instructor del expediente.
La convocatoria se celebró por haber formalizado una moción de censura en contra de los estatutos, programas y compromisos electorales y vulnerando las competencias exclusivas de los órganos de gobierno de Iporba. Todo ello con manifiesta mala fe y engaño. Consta documentación oficial de estos extremos.- No existe indefensión puesto que fue notificado desde el 8 de octubre de todas las decisiones aprobadas por los órganos de gobierno de Iporba. Habiéndosele dado periodo de alegaciones, y de presentación de pruebas y posibilidad de recurso, así como todas las convocatorias para que pudiera manifestar lo que a su defensa conviniera, en dichos órganos de gobierno, haciendo caso omiso a todas ellas. Pues no asistió a las mismas, no haciendo uso de su derecho de defensa y de audiencia en este expediente contradictorio, puesto que el instructor se le ofreció para estos trámites en estas ocasiones. Como testimonian la secretaria convocantes y todos los asistentes a la asamblea.
- El expediente contradictorio, se entendía subsanado por las alegaciones y fase de prueba, así como las convocatorias para su defensa de sus derechos, tanto en el comité ejecutivo como en la asamblea, declinando estos trámites y oportunidades de audiencia y comparecencia ante sus compañeros y el instructor, tal como queda testimoniado por la secretaria y todos los asistentes, a los órganos de gobierno, comisión ejecutiva y asamblea.
- La propuesta de resolución, igualmente notificada el día 16/11/20, del que se proponen sanción de expulsión definitiva y permanente del partido Iporba, fue acordada por unanimidad del comité ejecutivo y de la asamblea extraordinaria celebrada el 15/11/20 (notificada al expedientado). En dicha propuesta se detallan las faltas cometidas y la sanción definitiva, por acuerdo de los órganos legitimos del partido con competencia en la materia.
- El hecho esencial y básico fue la formalización pública y notoria y documentada de una moción de censura con desconocimiento y contra los órganos de gobierno del partido. Llevada a cabo con manifiesta mala fe y engaño a la militancia y al partido Iporba en su conjunto.
- Entendemos por tanto esta resolución, creemos tiene todas las garantías y tiene la base legal y fundamentos estatutarios para proceder a la resolución del expediente disciplinario del señor Alfonso Rojano Delgado, tal como lo ha acordado el comité ejecutivo reunido el 19/11/20.
- En los órganos de gobierno, comité ejecutivo y asamblea de 15/11/20, se concede y se comunica por burofax al expedientado un plazo de tres días para formular alegaciones (se especifica en dicha acta “contados a partir del día 16 de noviembre de 2020, lunes).
- Por tanto de acuerdo con el acta de los órganos de gobierno del quince de noviembre de 2020, y del 19/11/20 queda finalizado y resuelto el expediente de expulsión permanente definitiva del afiliado ALFONSO ROJANO DELGADO.
- Se aprueba sea comunicado al Ayuntamiento de Baena, para que sea expulsado del grupo municipal de Iporba y quede asignado al grupo de no adscritos, por transfugismo.
Y para que sirva de finalización del expediente sancionador de expulsión permanente definitiva de Iporba del señor Alfonso Rojano Delgado, se acuerda se le notifique a los efectos legales que le correspondan en derecho, por lo que se firma la presente en Baena a 20 de noviembre de 2020.

