La Escuela de Teatro de Baena en pie de guerra: adjudicada de nuevo a la misma empresa foránea sin experiencia
El telón no se ha bajado aún, pero la función ha cambiado de rumbo. La Escuela Municipal de Teatro de Baena vive uno de los capítulos más controvertidos de su historia reciente. La más que posible adjudicación del contrato de gestión, tras una segunda licitación, ha recaído nuevamente en la empresa ELEVEN DECEN EVENTS S.L., la misma que ya fue excluida en diciembre de 2024 por no presentar la documentación obligatoria exigida en el pliego.
La resolución se ha producido en el día de ayer, con una puntuación ajustada (apenas 0,78 puntos de diferencia) frente a la propuesta del actual director y alma del proyecto, Cristóbal Pérez Jorge (cuya oferta económica era de unos 18 euros mayor al mes), quien lleva más de 20 años liderando la formación teatral en Baena y Albendín, cosechando una escuela reconocida por su rentabilidad, impacto cultural y alcance social.
La adjudicación reabre heridas que aún no han cicatrizado. La anterior licitación quedó desierta tras la exclusión de ambas ofertas: primero, ELEVEN DECEN por no acreditar la solvencia técnica ni presentar documentación clave (garantía definitiva, títulos de personal, alta en IAE, certificados de Hacienda y Seguridad Social), y posteriormente, Cristóbal Pérez, por no contar con la titularidad exacta estipulada —una interpretación polémica, dado que su formación es equivalente al Título Superior en Arte Dramático.
Una escuela en riesgo por “criterios económicos”
La decisión de adjudicar nuevamente a ELEVEN DECEN ha encendido la indignación del alumnado, que amenaza con no matricularse en el próximo curso. Consideran la medida como “discriminatoria” y acusan al Ayuntamiento de ignorar dos décadas de compromiso cultural.

Como en el pliego anterior la empresa adjudicataria tiene un plazo de 7 días hábiles para aportar la documentación a la adjudicación de la cláusula 21 del PCAP, así:
– Justificante de la constitución de la Garantía Definitiva (5 % del precio de adjudicación IVA no incluido)
– Solvencia Económica y financiera, por cualquiera de los medios del art. 87 de la LCSP, en importe igual o superior a un tercio del valor estimado del contrato.
– Solvencia Técnica, con una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de como máximo los 3 últimos años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato.
– Adscripción de medios personales: Deberá acreditar los medios personales y materiales que adscribe a la prestación del Servicio, con indicación del personal responsable debiendo aportar los títulos que ostentan, debiendo tener la Licenciatura/Grado/ o título Superior en Arte Dramático y el Certificado de Aptitud Pedagógica. Asimismo, deberá acreditar la relación laboral que mantiene con la empresa licitadora.
– Impuesto de Actividad Económicas, debiendo acreditar el Alta en dicho impuesto o ultimo recibo.
– Certificado de estar al corriente con sus obligaciones con la Seguridad Social.
– Certificado de estar al corriente con sus obligaciones con la Agencia Tributaria Estatal y Autonómica.
Un modelo ejemplar, en peligro de extinción
Durante más de dos décadas, la Escuela de Teatro de Baena ha funcionado como un proyecto único en Andalucía. Con apenas un solo docente —el propio Cristóbal Pérez— se han gestionado hasta ocho grupos simultáneos y más de 80 matrículas anuales, desde niños hasta adultos. Comparativamente, otras escuelas de la región como las de Lucena, Antequera o Puente Genil, necesitan varios profesores para una estructura similar.

