Continua la polémica por el contrato del servicio de limpieza: Fiscalía archiva la denuncia mientras el sindicato exige una auditoría externa
El debate sobre la limpieza viaria en Baena y Albendín vuelve a ocupar titulares, a raíz de la resolución de la Fiscalía Provincial de Córdoba, que ha decidido archivar la investigación penal solicitada por el sindicato C.T.A y su delegado, Antonio Jiménez Sánchez, al no apreciar delito en la contratación y supervisión del servicio municipal. Sin embargo, el asunto sigue vigente en la agenda pública tras la nota de prensa emitida por el delegado sindical, instando Ayuntamiento a realizar una auditoría independiente y aplicar las máximas sanciones posibles a la empresa adjudicataria, UTE Urbaser-Muser Prode S.L.
El origen de la controversia
El sindicato C.T.A. fundamenta su petición en el decreto de la Fiscalía, que constata problemas en la prestación del servicio y destaca la insuficiencia de medios para garantizar la exhaustividad contractual. La denuncia del delegado sindical enumera incumplimientos esenciales: maquinaria y medios materiales, plantilla comprometida pero no ejecutada, irregularidades laborales sancionadas por la Inspección de Trabajo, y falta de adaptación en vehículos e instalaciones.
Ante la persistencia de estas deficiencias, el sindicato propone que el Ayuntamiento habilite una partida presupuestaria específica para contratar una auditoría técnica exhaustiva, similar a la realizada en otros municipios como Montilla. El objetivo: verificar sobre el terreno la operatividad y cobertura del servicio, fundamentar penalidades y, si procede, solicitar la resolución contractual.
La Fiscalía aclara la frontera entre ilegalidad administrativa y delito penal
Por otro lado, la llamativa resolución de la Fiscalía desmonta las acusaciones penales, diferenciando con precisión entre irregularidades administrativas y delitos de prevaricación o malversación. El fallo de la fiscal concluye que, aunque han existido incidencias y carencias en el servicio, los técnicos municipales actuaron dentro de la legalidad, con seguimiento contractual, inspecciones, reuniones y requerimientos documentados. No se acredita ánimo doloso ni arbitrariedad en la supervisión ni en la gestión municipal: los hechos se encuadran en el ámbito administrativo, no en el penal.
La Fiscalía recuerda que la “última ratio” del derecho penal impide convertir cada incidencia administrativa en delito. Recomienda al denunciante acudir al Juzgado de lo Contencioso si persisten incumplimientos y anima a la Administración a reforzar sus mecanismos de control y transparencia.

